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lunes, 26 de diciembre de 2016

Privacidad vs. Seguridad

Cámaras de vigilancia en espacios públicos: SÍ o NO...
Dos derechos fundamentales que deben convivir sin interferirse. Del mismo modo que  la libertad de expresión limita con el derecho al honor del afectado (Art. 20 de la Constitución), la intimidad personal debe ser inviolable en el espacio que le pertenece, y los medios de protección individual o colectiva no deben invadir territorio privado, salvo casos de emergencia extrema.
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